Permisos residencia y trabajo cuenta ajena o propia

Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena

Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena es una autorización de residencia y trabajo que debe solicitar un empleador o empresario para la contratación de un trabajador extranjero que no se halle ni resida en España. Está autorización otorgará derecho al trabajador extranjero de trabajar para el empresario, solicitante del permiso.

Para ello se debe presentar un contrato de trabajo firmado con el trabajador. La retribución fijada en el contrato debe ser igual o superior al salario mínimo interprofesional para una jornada completa en cómputo anual.

El empleador solicitante deberá contar con medios económicos, materiales o personales suficientes para su proyecto empresarial y para poder cumplir con sus obligaciones asumidas en el contrato.

El trabajador no debe hallarse ni residir en España, sino una vez obtenida la autorización, debe solicitar el visado para poder entrar legalmente en España. El visado se solicita en el Consulado General de España en la ciudad de su residencia.

Para que la contratación sea posible se tiene en cuenta la Situación Nacional de Empleo.

Este requisito se cumplirá cuando:

  • La ocupación que va a desempeñar el trabajador está incluida en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura publicado por el Servicio Público de Empleo Estatal.
  • se ha publicado la oferta de trabajo y el puesto no se ha podido cubrir. Este hecho debe probarse a través de un certificado emitido por el Servicio Público de Empleo.
  • Los trabajadores son los nacionales de Estados con los que España haya suscrito acuerdos internacionales: Chile y Perú.

Autorización de residencia y trabajo por cuenta propia

Se trata de una autorización de residencia y trabajo que se concede a un extranjero no residente en España para la realización de una actividad lucrativa por cuenta propia.

El extranjero debe acreditar que cuenta con inversión económica suficiente y debe presentar el proyecto de establecimiento o actividad a realizar, indicando la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, en su caso, puestos de trabajo cuya creación se prevé.

La solicitud presenta el extranjero personalmente, en la misión diplomática u oficina consular española correspondiente a su lugar de residencia.

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