Nacionalidad Española
Nacionalidad por residencia
Una de las formas más comunes de obtención de la nacionalidad española es por residencia.
Para adquirir la nacionalidad de esta manera es necesario residir de forma legal y continuada en el territorio español el tiempo requerido según el articulo 22 del Código Civil.
¿Cuántos años de residencia necesito para obtener la nacionalidad española?
El caso general, establecido en el artículo 22.1. del Código Civil, es de diez años de residencia legal en España.
Sin embargo, a parte de este caso general, existen casos en los que el período de residencia exigido se reduce:
Cinco años: para la concesión de la nacionalidad a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado
Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
Un año para:
- El que haya nacido en territorio español
- El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción
- El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud
- El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o, de hecho
- El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho, o judicialmente
- El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles
¿Cómo debe ser la residencia para poder solicitar la nacionalidad española?
La residencia tiene que ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Además, el interesado necesita acreditar buena conducta cívica, y suficiente grado de integración en la sociedad española.
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