Permisos de estancia para estudiantes

Si un ciudadano extracomunitario planea estudiar en España y su estancia durará más de 90 días, debe obtener una autorización administrativa para este propósito.

Para obtener dicha autorización, primero debe ser admitido en un centro de enseñanza autorizado en España para la realización de un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.

Si, en el momento de la solicitud, el interesado reside en el país de origen o en otro lugar fuera de España, tendrá que solicitar un visado de estudiantes en el Consulado General de España en el país de su residencia.

Sin embargo, si en el momento de la presentación de solicitud el interesado se encuentra en el territorio español en el momento en que se deben iniciar los trámites, puede presentar la solicitud desde allí. 

En este caso la solicitud se debe presentar 30 días antes de que el visado de turista expire o la estancia legal llegue a su fin. La solicitud se puede presentar tanto presencialmente en la Oficina de Extranjería del lugar donde se realizarán los estudios como por medios electrónicos. La solicitud puede ser presentada personalmente o a través de un representante legal.

Los requisitos para obtener la autorización de estancia por estudios son los siguientes:

  • Tener medios económicos suficientes para cubrir sus necesidades durante su estancia en España. La cantidad mínima requerida es de 100% IPREM al mes. Si acredita haber pagado por adelantado el alojamiento durante todo el tiempo de su estancia, esta cantidad será menor.
  • Estar cubierto durante su estancia con el seguro médico público o privado por una aseguradora autorizada para operar en España.
  • Si su estancia durará más de 6 meses, deberá presentar:
  • Certificado de salud que indique que no padece ninguna enfermedad según el Reglamento Sanitario Internacional de 2005
  • Antecedentes penales

Los siguientes miembros de la familia pueden obtener una autorización para permanecer legalmente en España con el estudiante durante la duración de sus estudios: el cónyuge o la pareja registrada, el hijo menor de 18 años o dependiente que no puede satisfacer sus propias necesidades debido a su estado de salud.

Para el sostén de sus familiares, el estudiante deberá disponer mensualmente con un 75% de IPREM para el primer miembro de la familia y el 50% de IPREM para cada uno de los miembros restantes de la familia.

Sin embargo, los familiares pueden solicitar el permiso para acompañar al estudiante solo desde el Consulado General de España en el país de origen.

La reciente modificación de introduce un cambio muy relevante en el régimen de estudiantes. 

A partir de ahora, autorizaciones de estancia por estudios obtenidas para cursar estudios superiores, de una formación reglada para el empleo o destinada a la obtención de un certificado de profesionalidad, o una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación específica llevan aparejadas automáticamente una autorización de trabajo sin necesidad de realizar cualquier otro tramite adicional. 

En este caso los estudiantes podrán desarrollar una actividad laboral, tanto por cuenta propia, como por cuenta ajena con un máximo de 30 horas semanales.

Si no se trata de estudios mencionados en el párrafo anterior, los estudiantes podrían solicitar una autorización de trabajo a tiempo parcial, compatible con sus estudios.

Permisos de residencia para estudiantes que acaban sus estudios

Autorización de residencia al estudiante para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial

Se trata de una autorización de residencia a la que pueden acceder los estudiantes extracomunitarios que hayan terminado sus estudios en España, en una institución de educación superior, y hayan obtenido un título que certifique que hayan alcanzado como mínimo el Nivel 6 de acuerdo con el Marco Europeo de Cualificaciones (el nivel del Grado o más). 

La autorización se concede por el tiempo, máximo e improrrogable de doce meses y el único fin de esta autorización es búsqueda de empleo relacionado con los estudios finalizados o para emprender un proyecto empresarial.

Para obtener este tipo de permiso hay que cumplir con los siguientes requisitos:

  • finalizar los estudios y obtener el título o certificado de educación superior
  • contar con un seguro médico
  • tener recursos económicos suficientes. Para acreditarlo, el solicitante presentará una declaración responsable en la que detallará los medios con los que acredite la suficiencia de recursos.

Durante la vigencia de la autorización de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial, en caso de encontrar un empleo adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o de haber emprendido un proyecto empresarial, se deberá solicitar la autorización de trabajo correspondiente, según la legislación vigente de extranjería. 

Lo dicho significa que la autorización para la búsqueda de empleo no da derecho a trabajar.

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